Celebrado el Primer Congreso Nacional sobre Desahucios y Ejecuciones hipotecarias: un problema legal y drama social.

Por 12/07/2013Congresos

Bajo la dirección de Dña Inmaculada Sánchez Ruiz de Valdivia, directora de la Cátedra de Derecho Registral de la Universidad de Granada y D. Miguel Olmedo Cardenete, Decano de la Facultad de Derecho de la UGR, los días 15, 16 y 17 de mayo de 2013 se celebró, en la Facultad de Derecho, el “Congreso nacional Desahucios y ejecuciones hipotecarias. Un drama social y un problema legal”.

En dicho Congreso Nacional se contó con la colaboración del Decano del Ilustre Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España (D. Alfonso Candau Pérez) y el Decano Territorial de Andalucía Oriental (D. Pablo de Angulo Rodríguez), el Decano del Ilustre Colegio Notarial (D. Salvador Torres Ruiz), de Jueces (D. Francisco Sánchez Gálvez), y de Abogados (D. Eduardo Torres González-Boza), el Director del departamento de Derecho Civil (D. Guillermo Orozco Pardo), el Director del Departamento de Derecho Mercantil y Derecho Romano (D. Jose Luís Pérez-Serrabona González), el Director del Departamento de Derecho Constitucional (D. Enrique Guillén López), el Delegado del Rector para la Calidad Medio-Ambiental y Bienestar (D. Pedro Espinosa Hidalgo), el Investigador Principal del Proyecto de Investigación “Instrumentos jurídicos de mejora de acceso a la vivienda y estímulo a la financiación y promoción inmobiliaria” (DER2009-09624/JURI) (D. Antonio Orti Vallejo).

El momento elegido para reabrir el debate y continuar con la reflexión planteada en la sociedad sobre el drama social que plantean los desahucios y ejecuciones hipotecarias y sus consecuencias en el poder legislativo, ejecutivo y judicial, no pudo resultar más oportuno. Justamente un día antes de celebrar dicho Congreso Nacional, el día 15 de mayo, se publicaba en el BOE la Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de la deuda y alquiler social. Una Ley que, hasta la fecha, había suscitado muchísimos comentarios, no todos ellos críticos y sobre la que ponentes y congresistas tuvieron oportunidad de reflexionar. Una Ley que, recientemente no solo ha sido reformada por la Ley 8/2013, de 26 de junio, de 26 de junio de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas (BOE 27-06-2013), sino que ya ha encontrado respaldo en nuestras Audiencias para fundamentar en el que constituye, creemos, uno de los autos pioneros en la materia: el Auto que dictó en Córdoba el día 2 de abril de 2013, el Juzgado de lo mercantil núm. 1.

Dos meses antes, el mismo día, el día 14, en esta ocasión de marzo, el propio Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictaba la Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 14 de marzo de 2013, en el asunto C-415/11. Una sentencia en las que se exponen las razones por las que la legislación española es incompatible con la Directiva 93/13/CEE sobre cláusulas abusivas y los criterios que obligatoriamente deberá tener en cuenta el juez nacional para apreciar el carácter abusivo de una cláusula no negociada individualmente, tanto en general como en el caso de las cláusulas de vencimiento anticipado, intereses de demora y liquidación unilateral de la deuda. Casualidad o causalidad, lo cierto es no quedan aquí los acontecimientos surgidos días antes de la celebración de dicho Congreso. Siete días antes de la celebración de dicho evento, la propia Sala 1ª del TS dictaba la Sentencia de 9 de mayo declarando la nulidad de las cláusulas suelo (dictada, hace apenas siete días).y, tan sólo, un día antes de que el TS se posicionara sobre el particular, el propio Tribunal Constitucional, dictaba la STC,  Sala Primera, 79/2013, de 8 de abril de 2013 (BOE núm. 112, de 10 de mayo de 2013), declarando la nulidad del procedimiento de ejecución hipotecaria.

Tratando de radiografiar la dramática situación en la que se encuentran miles de familias en nuestra sociedad, consumidores en esta ocasión, en el referido Congreso Nacional sobre Desahucios y ejecuciones hipotecarias: un drama social y un problema legal, tuvimos ocasión de contar con la participación de un total de 10 ponencias magistrales y 6 paneles temáticos (en los que tuvieron ocasión de intervenir 24 ponentes-panelistas).

La ponencia de inauguración corrió a cargo del quien entonces era el Presidente de la Sala 1ª del Tribunal Supremo (hoy magistrado del Tribunal Constitucional), D. Juan Antonio Xiol Ríos, quien pronunció la ponencia de inauguración del Congreso eligiendo por título «La Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 14 de marzo de 2013 sobre Cláusulas abusivas». Ese mismo día, participó, también, D. Antonio Pau Pedrón, Registrador de la Propiedad, D. Guillermo Orozco Pardo, Catedrático del Departamento de Derecho Civil UGR, D. José Luis Pérez-Serrabona, Director del Departamento de Derecho Mercantil UGR y Derecho Romano UGR, D. Francisco Lledó Yagüez, Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Deusto y Abogado y Socio Fundador de Iurelicet, D. Miguel Pasquau Liaño, Magistrado de la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Dña Maria Teresa Touriñán Morandeira, Registradora de la Propiedad de Villalba, D. Ángel Carrasco Perera, Catedrático de Derecho Civil de la universidad de Castilla-La Mancha, D. Segismundo Álvarez Royo-Villanova, Notario de Madrid, D. Manuel Pardos Vicente, Presidente de ADICAE y miembro del Consejo de Consumidores y Usuarios de España y del Comité Consultivo de la CNMV, y D. Francisco Javier Gómez Gálligo, Registrador de la Propiedad adscrito a la DGRN y Vocal Permanente de la Comisión General de Codificación (quien pronunciaría la ponencia de clausura).

Las posibilidades legales, judiciales y extrajudiciales debían de ser analizadas desde una óptica interdisciplinar y plural porque sólo así podríamos lograr huir de visiones sesgadas o contaminaciones corporativistas que impiden analizar con el detenimiento y la profundidad necesarios este drama social y el problema lega legal que condenaba y afectaba a miles de familias a ser desahuciadas o terminar arruinadas y en la calle. Analizar, pues, las distintas soluciones desde una la óptica de estudio del análisis del derecho comparado, constitucional, legal (estatal y autonómica –andaluza-), judicial y extrajudicial y de lege ferenda; nos permitió aterrizar en algunos temas importantes, como el control notarial, registral y judicial de cláusulas abusivas en los contratos de hipotecas -tema con el que iniciaremos la tarde del jueves, día 16 de mayo-, el procedimiento de ejecución extrajudicial o notarial o la mediación hipotecaria, como posibles alternativas a la situación dramática vivida.

Desde este planteamiento y debate nos propusimos tratar de esbozar algunas posibles soluciones de reforma legislativa de lege ferenda con las que el Congreso concluyó el sábado, 18 de mayo.

Las aportaciones y resultados del Congreso fueron publicados en un libro colectivo: Sánchez Ruiz de Valdia, I., y Olmedo Cardenete, M. (coordinadores): Desahucios y ejecuciones hipotecarias, Tirant lo Blanch, Valencia, 2014.